* CADUCA *
VISTO lo actuado en Expediente Nº 1124/300-CPA-1981 del
Registro del Ministerio de Economía y el Decreto Nacional Nº
877/80 en ejercicio de las facultades legislativas conferi-
das por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- El resultado final obtenido en la explota-
ción del Ingenio Ñuñorco llevada a cabo por la CAJA POPULAR
DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN en representación del
Superior Gobierno de la Provincia, en cumplimiento de las
Leyes Nros. 5.177 y 5.198, es a cargo de la referida Insti-
tución.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.