• Detalle de Ley

    Ley N°: 5365
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 13/01/1982
    Promulgada: 13/01/1982
    Publicada: 21/01/1982
    Boletin Of. N°: 20166

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO lo  actuado  en  Expediente nº 243/214-DIF-1978 del
    Re- gistro de la Dirección de Inmuebles Fiscales y el Decre-
    to Nacional nº 877/80, en ejercicio de las facultades legis-
    lativas conferidas por la Junta Militar,
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Derógase la Ley nº 5.080 del 5/7/1979.
    
       Art. 2º.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expro-
    piación una  fracción  de  terreno, de propiedad de Mercedes
    Chenaut, Lola  Martínez de Chenaut, Guillermo Chenaut, María
    Lilia Chenaut  y José Ignacio Chenaut, o quien resultara ser
    el actual titular de dominio, ubicada en la localidad de Los
    Cuartos, actual  departamento de Tafí del Valle; con una su-
    perficie de 9.931,0736 m2, según plano de mensura y división
    confeccionado por  la  Dirección de Inmuebles Fiscales; com-
    prendida dentro  de  las  siguientes  medidas y linderos: al
    Norte, 33,80  metros  del  punto 1 al punto 2 y 66,20 metros
    del punto 2 al punto 3, con Chenaut y Compañía, camino veci-
    nal de por medio; al Sud, 100,00 metros con Chenaut y Compa-
    ñía; Al  Este,  29,49  metros del punto 1 al punto 6 y 70,51
    metros del  punto 6 al punto 5, con Chenaut y Compañía; y al
    Oeste, 100,00  metros  con  Chenaut y Compañía. Nomenclatura
    Catastral: Padrón 382.914, Matrícula 35.235, Orden 980, Cir-
    cunscripción III, Sección D, Manzana 285, Parcela 115 A.
    
       Art. 3º.- El  terreno expropiado por el artículo 2º, será
    destinado a la construcción del edificio donde funcionará la
    Escuela nº 390.
    
       Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente Ley  se  hará de Rentas Generales, con imputación a la
    misma.
    
       Art. 5º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en  el BOLETIN OFICIAL y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Deroga a Ley 5080
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DEROGA LA LEY 5080 -EXPROPIACIÓN DE FRACCIÓN DE TERRENO EN
    LOS CUARTOS, DEPARTAMENTO TAFÍ DEL VALLE PARA CONSTRUCCIÓN
    DE LA ESCUELA N° 390-.

  • Observaciones