* CADUCA *
VISTO lo actuado en Expediente nº 126/214-D-81 del Regis-
tro de la Dirección de Inmuebles Fiscales y el Decreto Na-
cional nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislati-
vas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículos 1º.- Dónase a la Dirección Provincial de Obras
Sanitarias dos inmuebles de propiedad del Superior Gobierno
de la Provincia, ubicado en Yerba Buena, actual departamento
del mismo nombre, según se detalla a continuación:
a)Lote 6 de la Manzana I, compuesto de 15 mts. de
frente por 30 mts. de fondo. Linda al Norte con
calle pública; al Sud con lote 10; al Este con
lotes 7 y 8; y al Oeste con lote 5; con una su-
perficie de 450 m2; identificado con la siguiente
nomenclatura catastral: C. I., S. M., Manzana 65
f, Parcela 6, Padrón 480.894. Inscripto en el Re-
gistro Inmobiliario de la Provincia en la Matrí-
cula T 01900.
b)Lote 10 de la Manzana I, compuesto de 15 mts. de
frente por 35,23 mts. de fondo al Este y 35,36
mts. al Oeste. Linda al Norte con lote 6; al Sud
con calle pública; al Este con lotes 8 y 9; y al
Oeste con lote 11, con una superficie de 529,425
m2; identificado con la siguiente nomenclatura ca-
tastral: C.I., Sección I, Manzana 65f, Parcela 10,
Padrón nº 480.898. Inscripto en el Registro Inmo-
biliario de la Provincia en la Matrícula T 01904.
Los inmuebles mencionados precedentemente se encuentran
descriptos en el Plano de Mensura nº 210, Serie H, aprobado
por la Dirección General de Catastro.
Art. 2º.- La presente transferencia es con cargo a que en
los inmuebles donados, en el plazo de un año, se inicien las
obras necesarias de perforación para reforzar el suministro
de agua en la localidad de Yerba Buena.
Art. 3º.- De no iniciarse las obras en el plazo estipula-
do en el Artículo 2º de esta Ley, los inmuebles pasarán nue-
vamente a la Provincia.
Art. 4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.