* CADUCA *
Visto, lo actuado en expediente Nº 2183/260-V-80 del Re-
gistro de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán y el De-
creto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades le-
gislativas conferidas por la junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de San Miguel
de Tucumán a donar al Arzobispado de Tucumán, con destino a
la Iglesia del Santísimo Sacramento, una fracción de terreno
de su propiedad, ubicada en calle Amador Lucero números
1355, 1369, 1379 y 1395, de esta ciudad; identificada con la
siguiente nomenclatua catastral: C-1; S. 17; M. 45; Padrón
Nº 133.055, Matrícula y Orden 3711/641; con las siguientes
medidas: del vértice 1 al 2, 25,22 m., del 2 al 3, 5,98 m.;
del 3 al 4, 47,55 m.; del 4 al 5, 6,03 m.; del 5 al 6, 23,95
m. y del 6 al 1, 56,56 m.;siendo sus linderos: al Norte, Pa-
saje Cabildo; al Este, calle Amador Lucero; al Sur, calle
Larrea; y al Oeste, con propiedad municipal; integrando una
superficie de 1.599,1942 m2., según plano de mensura y uni-
ficación Nº 409, Serie Ñ, con una valuación de $15.233.700,
realizada por la Dirección General de Catastro de la Provin-
cia; e inscripta en el Registro Inmobiliario en mayor exten-
sión en el Tomo 9, Folio 1-2, Serie C, Año 1970.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.