• Detalle de Ley

    Ley N°: 542
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 08/10/1886
    Promulgada: 09/10/1886
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para invertir la suma de
    cuatro mil  setecientos treinta pesos moneda nacional (1) en
    las obras de defensa a practicarse en el río Salí, según los
    estudios,  planos  y presupuesto presentados por el Departa-
    mento Topográfico.
    
       Art. 2º.-  El  P.E.  sacará  a licitación la ejecución de
    dichas obras por el término de veinte días, y si no hubieren
    postores, queda autorizado para hacerlas por Administración.
    
       Art. 3º.-  El  gasto  a que se refiere el artículo 1º, se
    imputará a la presente ley.
    
       Art. 4º.- Comuníquese, etc.
    
       Sala de Sesiones, Tucumán, Octubre 8 de 1886.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESTINA FONDOS PARA REALIZAR OBRAS DE DEFENSA EN EL RIO SALI.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 11- PÁG. 315.-