* CADUCA *
VISTO lo actuado en Expediente Nº 885/370-82 del Registro
de la Secretaría de Estado de Hacienda, y el Decreto Nacio-
nal Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas
conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- El importe del Impuesto Inmobiliario que
surge de la aplicación de las alícuotas vigentes sobre las
valuaciones fiscales actualizadas conforme a la Ley Nº 5.432
se incrementará en un veinte por ciento (20%) para el perío-
do fiscal 1982.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Registro Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.