• Detalle de Ley

    Ley N°: 5447
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 28/12/0982
    Promulgada: 28/12/0982
    Publicada: 11/07/1983
    Boletin Of. N°: 20538

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO la  autorización acordada por Nota Nº 0409 del 9 de
    noviembre de  1982,  del señor Ministro del Interior, y a lo
    que dispone  el decreto nacional Nº 877, en ejercicio de las
    facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Increméntase en la suma de TRESCIENTOS CIN-
    CUENTA Y  SIETE  MIL  SETECIENTOS  VEINTE  MILLONES DE PESOS
    ($ 357.720.000.000), el total de Erogaciones del Presupuesto
    General de la Administración Provincial (Administración Cen-
    tral, Cuentas Especiales y Organismos Descentralizados) para
    el ejercicio 1982, que se detalla analíticamente en las pla-
    nillas anexas  que  forman  parte  integrante de la presente
    Ley:
              E R O G A C I O N E S
       1- Erogaciones Corrientes                 357.550.000.000
       2- Erogaciones de Capital                     170.000.000
                                                ----------------
                                   T O T A L :   357.720.000.000
    
       Art. 2º.- Estímase  en la suma de DOS MIL TRESCIENTOS SE-
    SENTA MILLONES DE PESOS ($ 2.360.000.000), el Cálculo de Re-
    cursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere
    el artículo 1º, de acuerdo con la distribución que se indica
    a continuación y el detalle que figura en las planillas ane-
    xas que forman parte integrante de la presente Ley.
       -Recursos de Organismos
        Descentralizados                           2.000.000.000
         - Corrientes             2.000.000.000
       - Recursos de Cuentas Es-
         peciales                                    360.000.000
         - Corrientes               360.000.000
                                                  --------------
                                    T O T A L      2.360.000.000
                                                  ==============
    
       Art. 3º.- Los  importes  que  en concepto de "Erogaciones
    Figurativas" se  incluyen  en  planillas anexas, constituyen
    autorizaciones legales  para  imputar  las erogaciones a sus
    correspondientes créditos,  según el origen de los aportes y
    contribuciones para  Organismos  Descentralizados, hasta las
    sumas que  para  cada  caso se establecen en sus respectivos
    cálculos de  recursos, según se detalla también en planillas
    anexas.
    
       Art. 4º.- Como  consecuencia de lo establecido en los ar-
    tículos precedentes, estímase el siguiente balance financie-
    ro preventivo  cuyo  detalle figura en la planilla anexa que
    forma parte integrante de la presente Ley.
          Erogaciones                            357.720.000.000
          Recursos                                 2.360.000.000
                                                ----------------
          Necesidades de Financiamiento          355.360.000.000
    
       Art. 5º.- Estímase   en   la  suma  de  TRESCIENTOS  CIN-
    CUENTA Y  CINCO  MIL  TRESCIENTOS  SESENTA MILLONES DE PESOS
    ($ 355.360.000.000)  el  Financiamiento de la Administración
    Provincial, de  acuerdo  con la distribución que se indica a
    continuación y el detalle figura en las planillas anexas que
    forman parte integrante de la presente Ley.
       Financiamiento de Administración
       Central                                   340.000.000.000
       Financiamiento de Organismos
       Descentralizados                              --.--
       Financiamiento de Cuentas Es-
       peciales                                   15.360.000.000
                                     T O T A L  ----------------
                                                 355.360.000.000
                                                ================
    
       Art. 6º.- Increméntase  en la suma que se indica, el Pre-
    supuesto de  Erogaciones de la Dirección Provincial de Obras
    Sanitarias para  el año 1982, estimándose los Recursos y Fi-
    nanciamiento destinados a atenderlas, en la misma suma, con-
    forme al detalle que figura en planilla anexa que forma par-
    te integrante de la presente Ley.
                 ORGANISMO
       - Dirección Provincial de Obras
         Sanitarias                            30.000.000.000
    
       Art. 7º.- Los importes correspondientes a Erogaciones Fi-
    gurativas que  se  indican  en  el  artículo 3º de la Ley Nº
    5.396, incluidos en sus planillas anexas, podrán ser modifi-
    cados mediante decreto instrumentado a través de la Secreta-
    ría de  Estado de Hacienda, cuando se deban realizar aportes
    y contribuciones  a los Organismos Descentralizados, por mo-
    dificación de sus créditos presupuestarios.
    
       Art. 8º.- Fíjase  la Planta de Cargos del Personal Perma-
    nente de  la  Dirección Provincial de Obras Sanitarias en la
    cantidad de  Seiscientos  Setenta  y Dos (672) cargos, según
    detalle obrante  en Planilla Anexa Nº 1, que forma parte in-
    tegrante de la presente Ley.
    
       Art. 9º.- En  la  Cuenta Especial Nº 631/1 Fondo Especial
    del Tabaco,  determinada  en  sus créditos y recursos por la
    Ley Nº  5.403  de Desagregación del Presupuesto General 1982
    rebájase el  rubro  Otros Ingresos No Tributarios en la suma
    de DOS  MIL  NOVECIENTOS  CUARENTA Y OCHO MILLONES NOVENTA Y
    DOS MIL  PESOS  ($  2.948.092.000),  e increméntase el rubro
    Otros Aportes  No  Reintegrables, en la misma suma indicada,
    dentro de  la  Ley Nº 5.403 de Desagregación del Presupuesto
    General 1982.
    
       Art. 10.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en  el Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    INCREMENTA EL TOTAL DE EROGACIONES DEL PRESUPUESTO GENERAL
    DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL PARA EL EJERCICIO 1982.

  • Observaciones