• Detalle de Ley

    Ley N°: 5449
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL - CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 29/12/1982
    Promulgada: 29/12/1982
    Publicada: 10/02/1983
    Boletin Of. N°: 20435

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO lo actuado en Expediente  nº 1.293/422-J-80 y agre-
    gados del registro de la Dirección General de  Cultura de la
    Provincia; el  Decreto Nacional  nº 877/80 y en ejercicio de
    las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
                SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                           L E Y :
    
       Artículo 1º.- Transfiérese a título gratuito a la Munici-
    palidad de Tafí  Viejo el inmueble  ubicado en  Avenida Alem
    nº 751 de la Ciudad  de Tafí Viejo, Departamento Tafí Viejo,
    Provincia de Tucumán, con las siguientes medidas y linderos:
    al Norte, 13,10  metros con fracción B; al  Sud, 7,60 metros
    con Avenida Alem; al  Este, 19,37  metros, 1,05 metros, 8,83
    metros 0,24 metros  y 9,42 metros con  fracción B y al Oeste
    37,25 metros con Antonio Correa, registrado con la siguiente
    nomenclatura catastral: C. I,  S. A,  M. 72, Parcela 44, Pa-
    drón 182951, Matrícula 4.124, Orden  530, con una superficie
    según mensura de 396,18085 m2., identificada como fracción A
    del plano de mensura nº 1.931, Serie N  confeccionado por la
    Dirección de  Inmuebles Fiscales, inscripto  en el  Registro
    Inmobiliario en la Matrícula T - 11.073.
    
       Art. 2º.- La presente  transferencia  es con  cargo a  la
    construcción de la Casa de la  Cultura por cuenta de  la Mu-
    nicipalidad de Tafí  Viejo, la que  deberá iniciar las obras
    en un plazo de doce meses, a contar de la fecha de la publi-
    cación de la presente Ley.
    
       Art. 3º.- La Dirección de Inmuebles Fiscales será  la en-
    cargada de verificar  el cumplimiento del  cargo establecido
    por el artículo anterior.
    
       Art. 4º.- Téngase por Ley  de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en el Boletín  Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    TRANSFIERE A TÍTULO GRATUITO A LA MUNICIPALIDAD DE TAFÍ
    VIEJO UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE TAFÍ VIEJO,
    DEPARTAMENTO TAFÍ VIEJO, PROVINCIA DE TUCUMÁN, CON CARGO A
    LA CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DE LA CULTURA POR CUENTA DE LA
    MUNICIPALIDAD DE TAFÍ VIEJO.

  • Observaciones