* CADUCA *
VISTO, lo actuado en Expediente Nº 818/360-A-1983 del Re-
gistro de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tu-
cumán y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las
facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE:
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase a la Caja Popular De Ahorros De
La Provincia De Tucumán, a donar a la Asociación De Padres y
Amigos Del Insuficiente Mental (A.P.A.I.M.) con destino a la
construcción del local para sede propia, un terreno de su
propiedad ubicado en la intersección de las calles Viamonte
y España de esta ciudad, el que linda al Norte: con Pasaje
Del Castillo prolongación Oeste de calle España; al Sur:
Consorcio de Propietarios Monobloques Barrio Jardín, al Es-
te: calle Viamonte; al Oeste: Consorcio de Propietarios Mo-
nobloques Barrio Jardín; medidas: al Norte: 41,75 mts.; al
Sur: 42,58 mts.; al Este 45,00 mts. y al Oeste: 45,12 mts.,
identificado bajo la siguiente nomenclatura catastral: Pa-
drón número 122.935, Circunscripción I, Sección 5a, manzana
46 d., Parcela 1 b, e inscripto en mayor extensión en el
Registro Inmobiliario al Libro 190, Folio 25, Serie B, Año
1940 -Capital Norte-
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-