* CADUCA *
VISTO lo actuado en Expediente Nº 1093/360-D-1983 del Re-
gistro de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tu-
cumán y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las
facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase a la CAJA POPULAR DE AHORROS DE
LA PROVINCIA DE TUCUMAN, a donar a favor de la MUNICIPALI-
DAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN, una superficie de 3.808,4306
m2, Nomenclatura Catastral Padrón Nº 223.227, Circunscrip-
ción 1, Matrícula 8.317, Orden 7.515, Serie 10, hasta el N.-
O. denominado Lote B1, 368,13 m. desde punto p. (Vértice N.-
O. hacia el Sud); 199,30 m. hacia Este; 275,00 m. hacia Sud;
199,30 m. hacia Este; 129,52 m. hacia Norte; 26,65 m. hacia
Este; 425,86 m. hacia Norte; 405,32 m. hacia Oeste hasta el
Punto P. de partida, sobre el Camino al Perú esquina Camino
Vecinal prolongación de calle Italia, inscripto en el Regis-
tro Inmobiliario al Libro 76, Folio 198, Serie C, Matrícula
N-00921, para incorporar al dominio público municipal.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.