* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para adquirir
una manzana de terreno en el sitio que juzgue más convenien-
te, para la construcción de un Hotel de Inmigrantes, que el
Gobierno de la Nación destina para esta Provincia.
Art. 2º.- Queda igualmente autorizado el Poder Ejecutivo
para proceder a la expropiación en caso necesario.
Art. 3º.- Los gastos que demande la presente ley, se im-
putarán a la misma.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a dos
de Diciembre de mil ochocientos ochenta y siete.