* CADUCA *
VISTO lo actuado en Expediente nº 1.428/200-C-1983 del
registro del Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia y
el Decreto Nacional nº 877/80, en ejercicio de las faculta-
des legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Cédese en comodato a la Cooperativa de Pro-
visión de Servicios Públicos y de Consumo "LA QUEBRADITA
LIMITADA", una fracción de terreno en mayor extensión, de
Propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicada en
La Quebradita, Departamento Tafí del Valle, inscripta en el
Registro Inmobiliario en el Libro 109, Folio 77, Serie B, A-
ño 1956 - Departamento Tafí.
Art. 2º.- El bien cedido será destinado al uso común de
los socios de la Institución y con el propósito de emplazar
en el mismo un salón de usos múltiples, oficinas, lugares de
esparcimiento, actividades deportivas, etc..
Art. 3º.- Facúltase al señor Director de Inmuebles Fisca-
les, Agrimensor Carlos Rubén SARMIENTO, a suscribir en re-
presentación del Superior Gobierno de la Provincia, el co-
rrespondiente contrato de comodato, el cual deberá ajustarse
a lo estipulado en el Título XVII del Código Civil.
Art. 4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.