• Detalle de Ley

    Ley N°: 5601
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 07/03/1984
    Promulgada: 16/03/1984
    Publicada: 23/03/1984
    Boletin Of. N°: 20719

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el primer párrafo  del artículo
    121 del Decreto-Ley Nº 56/17, (T.O. por Decreto Nº 3041/3-SH
    de fecha 19 de Octubre de 1979), que queda  redactado  de la
    siguiente manera:
       "Art. 121.- El Tribunal de  Cuentas estará integrado  por
    tres miembros: un presidente y dos vocales, los que  deberán
    tener título universitario de Abogado, Doctor en Leyes, Con-
    tador Público Nacional  o Doctor en Ciencias Económicas, in-
    distintamente."
    
       Art. 2º.-  Modifícase igualmente el  art. 145 del mencio-
    nado Decreto-Ley nº  56/17, (T.O. por Decreto Nº  3.041/3-SH
    de fecha  19 de octubre de 1979), que queda redactado de  la
    siguiente manera:
       "Art. 145.- El Tribunal podrá  deliberar con la presencia
    del Presidente  y un Vocal. Sus decisiones deberán ser adop-
    tadas con el voto de la mayoría de los miembros presentes en
    el acuerdo, teniendo doble voto el presidente en caso de em-
    pate".
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
       
       Dada en la Sala  de Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los siete días del mes de Mar-
    zo del año mil novecientos ochenta y cuatro.

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA DECRETO. LEY 56/17-63 - T.O. POR DECRETO 3041/3-79-
    LEY DE CONTABILIDAD

  • Observaciones