* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.-Transfiérese en propiedad y a título gratui-
to al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano,
los siguientes inmuebles pertenecientes al Superior Gobierno
de la Provincia:
1º- Ubicado en calle San Luis 1700 de esta ciudad, com-
puesto de 120 m. de frente por 234,49 m. de fondo en su cos-
tado Este, y 235,35 m. de fondo en su costado Oeste. Linda :
al Norte, con calle Fortunata García; al Sud, con calle La-
vaisse; al Este, con vías del Ferrocarril General Manuel
Belgrano, y al Oeste con calle San Luis. Padrón Catastral Nº
33.009, Matrícula 3.719, Orden 43, Circunscripción I, Sec-
ción 17, Parcela 65-71. Inscripto en el Registro Inmobilia-
rio con Matrícula B-13.709 y S-15.310.
2º.- Ubicado en Avenida Francisco de Aguirre 1.700, com-
puesto de 372,18 m. de frente por 145,78 m. de fondo. Linda:
al Norte, con Avenida Francisco de Aguirre, al Este, con Su-
cesión Federico Schicketanz y al Oeste, con propietarios va-
rios. Padrón Catastral Nº 28.786, Matrícula 6.362, Orden 721
Circunscripción I, Manzana 37, Sección 6b, Parcela 11a.,
inscripto en el Registro Inmobilario con matrícula Nº 5.131.
Art. 2º.- Autorízase al Instituto Provincial de Vivienda
y Desarrollo Urbano, a donar a favor de la Municipalidad de
San Miguel de Tucumán, las fracciones de terrenos necesarias
para espacios verdes, calles y ochavas, conforme a la Orde-
nanza de Loteos nº 1.466/72.
Art. 3º.- Facúltase al Instituto Provincial de Vivienda y
Desarrollo Urbano, a otorgar las escrituras traslativas de
dominio correspondientes a los adjudicatarios de viviendas
en la obra "72 Viviendas en Villa Alem " y "116 Viviendas en
Francisco de Aguirre " edificadas en los predios descriptos
en el artículo 1º.
Art. 4.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los siete días del mes de Mar-
zo del año mil novecientos ochenta y cuatro.