* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de $a 1.000.000.- (un millón de pesos argenti-
nos), para ayudar a las víctimas de las inundaciones ocurri-
das en las localidades de: Río Colorado, Los Gómez, El Guar-
damonte, Villa Fiad, Los Herreras, Los Díaz y otras del De-
partamento Leales.
Art. 2º.- El Poder Ejecutivo instrumentará de inmediato
la modalidad que estime conveniente, para determinar la can-
tidad de damnificados, y la forma en que se evaluarán los
daños en cada caso; asimismo la determinación de la entidad
oficial que se hará cargo del cumplimiento de la presente
ley.
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se atenderá de rentas generales.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a dieciocho días del mes de mayo
de mil novecientos ochenta y cuatro.