• Detalle de Ley

    Ley N°: 565
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 05/10/1887
    Promulgada: 05/10/1887
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de Diputados de la Provincia de Tu-
    cumán,
    
                               DECRETAN
    
       Artículo 1º.- Concédese  la  licencia solicitada por S.E.
    el Señor Gobernador, para ausentarse fuera de la  Provincia,
    para asuntos de interés público.
    
       Art. 2º.- Comuníquese al P.E.
    
       Dada en la Sala de  Sesiones  de las H.H. C.C. Legislati-
    vas, en Tucumán, a cinco días del mes de Octubre del año mil
    ochocientos ochenta y siete.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE LA LICENCIA SOLICITADA POR S.E. EL SEÑOR GOBERNADOR, PARA AUSENTARSE FUERA DE LA PROVINCIA, PARA ASUNTOS DE INTERÉS PÚBLICO.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 12- PAGINA 576.-