* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Fíjase a partir del 1º de octubre de 1984
para el personal docente dependiente del Gobierno Provin-
cial, el valor del Indice uno (1) igual a VEINTISIETE PESOS
ARGENTINOS CON VEINTE CENTAVOS ($a 27,20).
Art. 2º.- Autorízase a liquidar las remuneraciones esta-
blecidas en la presente Ley, utilizando las respectivas par-
tidas específicas.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán,a nueve días del mes de noviembre
de mil novecientos ochenta y cuatro.