• Detalle de Ley

    Ley N°: 567
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 19/05/1888
    Promulgada: 21/05/1888
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para contraer
    un  empréstito con el Banco Nacional, con  arreglo a las si-
    guientes bases:
       1a.-El empréstito será por la suma de 400.000 pesos mone-
    da nacional , y 130.281 pesos oro sellado.
       2a.- La  totalidad del  empréstito se destinará al  Banco
    Provincial, al cual deberá el Banco Nacional abrir una cuen- 
    ta corriente con la garantía de la Provincia.
       3a.- El  plazo  máximo del empréstito será de doce meses,
    reservándose  la  Provincia la  facultad de  amortizarlo  en
    cualquier momento, en parte o en su totalidad.
    
       Art. 2º.- Queda facultado el Poder Ejecutivo para afectar
    en garantía  de este empréstito el producido del impuesto de
    patentes.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  H. Legislatura, a tres
    días  del mes de Mayo del  año de mil ochocientos  ochenta y
    ocho.-

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A CONTRAER UN EMPRESTITO CON EL BANCO NACION.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 13- PÁG. 85.-