• Detalle de Ley

    Ley N°: 5731
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: NO GENERALES - PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 24/07/1985
    Promulgada: 05/08/1985
    Publicada: 19/08/1985
    Boletin Of. N°: 21070

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Transfiérese en  propiedad y a  título gra-
    tuito a  la Municipalidad  de Yerba Buena,  una fracción del
    inmueble fiscal  ubicado en Horco Molle, departamento  Yerba
    Buena, identificado con la siguiente nomenclatura catastral:
    Circunscripción I, Sección M, Manzana 125, Parcela 26 h (7),
    Padrón  675.456, Matrícula 7713 bis, Orden 963,  según plano
    aprobado por la Dirección General de Catastro nº 1501 de fe-
    cha 27 de octubre de 1982, e inscripto en mayor extensión en
    el Registro  Inmobiliario en la Matrícula T-03673.  La frac-
    ción aludida está comprendida dentro de las siguientes medi-
    das y linderos: Norte: partiendo desde el punto A, 498,30 m.
    con Aero Club Tucumán; Oeste: entre puntos  A y B, 470,15 m.
    con Universidad Nacional de  Tucumán; Sur; entre  puntos B y
    C, 498,30 m; Este una línea imaginaria  que parte  del punto
    C, pasa  por el punto D, hasta su intersección con el límite
    Sur de Aero Club Tucumán con resto de la propiedad.
    
       Art. 2º.- La  Municipalidad de Yerba  Buena destinará  el
    inmueble  que se transfiere  a reforestación y parquización,
    construcción de un complejo deportivo y barrio de viviendas,
    de  conformidad a convenios, que a  tal  fin, celebrará  con
    entidades crediticias.
    
       Art. 3º.- La escritura traslativa de dominio, se hará sin
    cargo por ante la Escribanía de Gobierno.
    
       Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley, se hará de rentas generales.
    
       Art. 5º.- Comuníquese.
    
       Dada en la sala de sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a veinticuatro  días del  mes de
    julio del año mil novecientos ochenta y cinco.
    
    

  • Relaciones

    Modificada por Ley 7522
    Derogada por Ley 8240

  • Resumen

    TRANSFIERE EN PROPIEDAD Y A TÍTULO GRATUITO A LA
    MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA, UNA FRACCIÓN DEL INMUEBLE
    FISCAL UBICADO EN HORCO MOLLE, DEPARTAMENTO YERBA BUENA
    DESTINADO A REFORESTACIÓN, PARQUIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE
    VIVIENDAS.

  • Observaciones

    DEROGADA TÁCITAMENTE POR LEY 7522