* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Fíjase la jubilación que percibe Dn. Fran-
cisco J. del Corro, en la cantidad que asigna el Presupues-
to vigente al Defensor de Menores.
Art. 2º.- El aumento se pagará de rentas generales, im-
putándose a esta ley hasta que se incluya en el Presupuesto.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de las H.H. Cámaras Legisla-
tivas, en Tucumán, a seis de Noviembre de mil ochocientos
ochenta y ocho.-