* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para destinar
de rentas generales, hasta la suma de cincuenta mil pesos,
en la construcción de edificios escolares en la Provincia.
Art. 2º.- Las cantidades que se inviertan en virtud de
esta autorización, se imputarán a la presente ley.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de las H.H. Cámaras Legisla-
tivas, a veinte de Noviembre de mil ochocientos ochenta y
ocho.-