• Detalle de Ley

    Ley N°: 5788
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 15/07/1986
    Promulgada: 13/08/1986
    Publicada: 21/08/1986
    Boletin Of. N°: 21325

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer con
    retroactividad, de conformidad  a las pautas de la  política
    salarial  nacional y a  las leyes específicas vigentes,  los
    incrementos de sueldos para el personal de su dependencia, y
    a dictar  las normas correspondientes, para la adecuación de
    las  remuneraciones de los  Poderes  Legislativo,  Judicial,
    Tribunal  de  Cuentas  y los comprendidos  en  los Convenios
    Colectivos de Trabajo.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  sala de sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de  Tucumán,  a los quince días del mes de
    Julio de mil novecientos ochenta y seis.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A DISPONER INCREMENTOS DE
    SUELDOS CON RETROACTIVIDAD PARA EL PERSONAL DE SU
    DEPENDENCIA.

  • Observaciones