* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
en donación a las municipalidades, los terrenos afectados a
calles pasajes, ochavas y espacios verdes, que surjan de
los loteos a efectuarse por aplicación de la Ley Nº 5.670
(erradicación y/o consolidación de barrios de emergencia).
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a veinte días del mes de noviem-
bre del año mil novecientos ochenta y seis.