* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
en venta a sus actuales ocupantes, un inmueble fiscal, u-
bicado en el Departamento Capital, zona "ex-aeropuerto", si-
to entre calles Julio Prebisch, Berutti, Avenida Irineo Le-
guízamo y avenida de circunvalación, todo ello dentro de las
pautas normativas de la ley nº 5.670, exceptuando la dispo-
sición a que hace mención el artículo 2º de dicha ley, en
cuanto a tiempo de ocupación.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veinte días del mes de No-
viembre del año mil novecientos ochenta y seis.