* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Transfiérese en donación al Arzobispado de
Tucumán, el automóvil de propiedad de la Cámara de Diputa-
dos, Ford Fairlane LTD, Motor nº DNCE51295, Chapa Patente nº
T051226, actualmente en desuso, para ser destinado a la en-
señanza teórico-práctica de los alumnos del hogar Villa de
Menores y Centro de Capacitación Agromecánica Obispo Colom-
bres.
Art. 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente ley, se harán de las partidas específicas del Pre-
supuesto de la Cámara de Diputados.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintisiete días del mes
de Noviembre del año mil novecientos ochenta y seis.