• Detalle de Ley

    Ley N°: 5849
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 27/11/1986
    Promulgada: 12/01/1987
    Publicada: 21/01/1987
    Boletin Of. N°: 21430

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de  Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Declárase plaga provincial de la agricultu-
    ra a la especie  vegetal perteneciente  a la familia  de las
    Convulvuláceas, que  responde al nombre  científico  de Ipo-
    moeapurpúrea (L) Roth, var, purpúrea y que comunmente se co-
    noce con las designaciones de "bejuco o porotillo".
    
       Art. 2º.- La Secretaría de  Estado de Agricultura y Gana-
    dería, por intermedio  de su Dirección de Fomento  Agrícola,
    adoptará las medidas necesarias  para la más amplia difusión
    de la presente declaración de plaga o iniciará las actuacio-
    nes correspondientes ante la Secretaría  de Agricultura, Ga-
    nadería y  Pesca de la Nación para  que sea declarada  plaga
    nacional.
    
       Art. 3º.- La Secretaría de Estado  de Agricultura y Gana-
    dería será la encargada, a través de la Dirección de Fomento
    Agrícola, de difundir los  métodos de control más convenien-
    tes contra la citada plaga.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la sala de sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a  los veintisiete días  del mes
    de Noviembre de mil novecientos ochenta y seis.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    DECLARA PLAGA PROVINCIAL DE LA AGRICULTURA AL BEJUCO O
    POROTILLO.

  • Observaciones