* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Inclúyese dentro de las finalidades y
pautas normativas de la Ley Nº 5.670, exceptuando la dispo-
sición a que hace mención el artículo 2º de dicha ley, en
cuanto a tiempo de ocupación, el inmueble ubicado en la
localidad de Los Vázquez, Departamento Capital, de propiedad
de José Florentino Vera o quien fuere su actual titular de
dominio, identificado en Catastro Parcelario con la siguien-
te nomenclatura: Circunscripción I, Sección 17, Manzana 4,
Parcela 75 E, Padrón Nº 236887, Matrícula Nº 3726, Orden
2196, e inscripto en el Registro Inmobiliario en la matrí-
cula S-8615.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los siete días del mes de
Agosto del año mil novecientos ochenta y siete.