* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Transfiérese en venta a sus actuales ocu-
pantes, en las condiciones determinadas por Ley Nº 5.670, el
inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia
identificado con la siguiente nomenclatura catastral: Cir-
cunscripción I, Sección 6 B, Manzana 35 - 37, Parcela 21A,
Padrón 12382, Matrícula 5997, Orden 100, que limita al sur
con calle Venezuela, al norte con vías del ferrocarril Gene-
ral Belgrano, al oeste con Avda. Ejército del Norte y al es-
te con calle San Miguel.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán,a los siete días del mes de Agos-
to del año mil novecientos ochenta y siete.