* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº
5.790 del 29 de setiembre de 1986, el que queda redactado de
la siguiente manera:
"Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que a
través del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo
Urbano transfiera en donación al Obispado de la Santísima
Concepción de esta Provincia, con destino a la Parroquia de
Santa Lucía, el inmueble ubicado en Santa Lucía, Departamen-
to Monteros, con todo lo en el identificado, cercado, plan-
tado y demás adherido al suelo, identificado como lote 11 de
la manzana "I", con la siguiente nomenclatura catastral: Pa-
drón 146187 -Matrícula Catastral y Número de Orden 22342/445
Circunscripción I, Sección F, Manzana o Lámina 1, Parcela
1."
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los dieciseis días del mes de
junio del año mil novecientos ochenta y ocho.