* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Increméntase en la suma de AUSTRALES OCHO-
CIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL (A
871.430.000.-), el total de erogaciones del Presupuesto Ge-
neral de la Administración Provincial 1.987 vigente para el
Ejercicio 1.988, dispuestas por Leyes Nº 5.895 y 5.949, con-
forme se detalla analíticamente en las planillas anexas que
forman parte integrante de la presente ley.
EROGACIONES
1- Erogaciones Corrientes A 803.070.000.-
3- Erogaciones de Capital A 68.360.000.-
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T O T A L A 871.430.000.-
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Art.2º.- Increméntase en la suma de AUSTRALES SEISCIEN-
TOS OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL (A
683.550.000.-), el Cálculo de Recursos destinados a atender
las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo
con la distribución que se indica a continuación y el deta-
lle que figura en las planillas anexas que forman parte in-
tegrante de la presente ley:
- Recursos de la Administración Central A 676.000.000.-
- Corrientes A 676.000.000.-
- De Capital A - - -
- Recursos de Organismos Descentralizados A 7.550.000.-
- Corrientes A 7.550.000.-
- De Capital A - - -
- Recursos de Cuentas Especiales A - - -
- Corrientes A - - -
- De Capital A - - - _______________
T O T A L A 683.550.000.-
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Art. 3º.- Increméntase las Erogaciones Figurativas del
Presupuesto General de la Administración Provincial 1.987
vigente para el Ejercicio 1.988, en la suma de AUSTRALES SE-
SENTA Y SEIS MILLONES (A 66.000.000.-), conforme se detalla
en planilla anexa que forma parte integrante de la presente
ley.
Art. 4º.- Como consecuencia de lo establecido en los ar-
tículos precedentes, estímase el siguiente Balance Financie-
ro Preventivo, cuyo detalle figura en la planilla anexa que
forma parte integrante de la presente ley:
- Erogaciones A 937.430.000.-
- Recursos A 749.550.000.-
- Necesidades de Financiamiento A 187.880.000.-
Art. 5º.- Increméntase en la suma de AUSTRALES CIEN-
TO OCHENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL (A
187.880.000.-), el Financiamiento de la Administración Pro-
vincial, de acuerdo con la distribución que se indica a con-
tinuación y al detalle que figura en las planillas anexas
que forman parte integrante de la presente ley:
- Financiamiento de Administración Central A 184.400.000.-
- Financiamiento de Organismos Descentra-
lizados A 3.480.000.-
- Financiamiento de Cuentas Especiales A - - -
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T O T A L A 187.880.000.-
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Art. 6º.- Como consecuencia de lo establecido en el artí-
culo 5º y planilla Nº 7 de la presente ley, increméntase el
Financiamiento Neto de la Administración Provincial en la
suma de AUSTRALES CIENTO OCHENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIEN-
TOS OCHENTA MIL (A 187.880.000.-), destinados a la atención
de las necesidades de Financiamiento establecidas en el ar-
tículo 4º de la presente ley, conforme al resumen que se in-
dica a continuación y al detalle que figura en la planilla
anexa Nº 8 que forma parte integrante de la presente ley:
- ADMINISTRACION CENTRAL A 184.400.000.-
- Financiamiento A 184.400.000.-
(Artículo 5º)
- Erogaciones A - - -
- ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS A 3.480.000.-
- Financiamiento A 3.480.000.-
(Artículo 5º)
- Erogaciones A - - -
- CUENTAS ESPECIALES A - - -
- Fiananciamiento A - - -
(Artículo 5º)
- Erogaciones A - - - _______________
T O T A L A 187.880.000.-
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Art. 7º.- Increméntase en la suma de AUSTRALES TRESCIEN-
TOS SETENTA MILLONES (A 370.000.000.-), el Presupuesto Ope-
rativo de Erogaciones del INSTITUTO DE PREVISION Y SEGURIDAD
SOCIAL DE TUCUMAN del año 1.987 vigente para 1.988, incre-
mentándose los recursos y financiamiento destinados a aten-
der dichas erogaciones, en la misma suma, conforme al deta-
lle que figura en planillas anexas que forman parte inte-
grante de la presente ley.
Art. 8º.- Increméntase en las sumas que para cada caso se
indican, los Presupuestos de Erogaciones de Funcionamiento
de los siguientes organismos para el año 1.987, vigente para
1.988 estimándose los Recursos y Financiamiento destinados a
atenderlas, en las mismas sumas, conforme al detalle que fi-
gura en planilla anexa Nº 11 que forma parte integrante de
la presente ley:
ORGANISMOS EROGACIONES
- Instituto de Previsión y Seguridad
Social de Tucumán A 15.800.000.-
- Banco de la Provincia de Tucumán A 25.000.000.-
- Caja Popular de Ahorros de la
Provincia A 3.800.000.-
- Dirección Provincial de Obras
Sanitarias A 33.000.000.-
Art. 9º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los tres días del mes de No-
viembre del año mil novecientos ochenta y ocho.