• Detalle de Ley

    Ley N°: 5970
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 12/12/1988
    Promulgada: 13/01/1989
    Publicada: 20/01/1989
    Boletin Of. N°: 21934

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Condónase  toda deuda que a la fecha de pu-
    blicación de  la presente, tuviere la Iglesia Católica Apos-
    tólica Romana  y los demás credos religiosos reconocidos por
    el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación,
    con la  Dirección Provincial de Obras Sanitarias (DI.P.O.S),
    por el  servicio  de provisión de agua, sin perjuicio de los
    pagos ya  producidos  que  quedarán  firmes. En los casos de
    cobros judiciales,  los gastos y costos serán soportados por
    el orden causado.
    
       Art. 2º.- Quedan  exentos  del  beneficio otorgado por el
    artículo anterior,  los  inmuebles que se hallaren locados o
    produzcan renta.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia de Tucumán, a los doce días del mes de Dic-
    iembre del año mil novecientos ochenta y ocho.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONDONA TODA DEUDA QUE A LA FECHA DE PUBLICACION DE ESTA
    TUVIERE LA IGLESIA CATOLICA Y CREDOS RELIGIOSOS CON DIPOS.

  • Observaciones