• Detalle de Ley

    Ley N°: 5983
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 09/06/1989
    Promulgada: 03/07/1989
    Publicada: 20/07/1989
    Boletin Of. N°: 22059

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de  Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Créanse  dos (2) Delegaciones  del Registro
    del Estado Civil y Capacidad de las  Personas, las que se u-
    bicarán en las zonas norte y sud de la ciudad de San  Miguel
    de Tucumán.
    
       Art. 2º.- El Poder  Ejecutivo fijará  la jurisdicción  de
    cada una de las delegaciones.
    
       Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley se hará de rentas generales.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la sala de sesiones de  la Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los nueve días del mes  de ju-
    nio de mil novecientos ochenta y nueve.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    CREA DOS DELEGACIONES DEL REGISTRO CIVIL EN SAN MIGUEL DE
    TUCUMÁN.

  • Observaciones