* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Increméntase en un SEISCIENTOS POR CIENTO
(600%) el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recur-
sos de la Administración Pública Provincial del año 1988, a-
probado por la Ley Nº 5.968, vigente para el ejercicio 1989.
Art. 2º.- Para la determinación de los montos resultan-
tes, el incremento que se autoriza, se aplicará sobre las
cifras de los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º,
11 y 12 y, planillas anexas que forman parte integrante de
la Ley Nº 5.968.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a diecinieve días del mes de ju-
lio de mil novecientos ochenta y nueve.