* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
en donación a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias
(DI.P.O.S.) un (1) inmueble de propiedad fiscal, ubicado en
la localidad de 7 de Abril, departamento Burruyacú, identi-
ficado con la siguiente nomenclatura catastral: Circunscrip-
ción I, Sección G, Manzana-Lámina 263, Parcela 48 "a", Pa-
drón nº 196.708, Matrícula nº 25.553, Orden nº 65, e ins-
cripto en el Registro Inmobiliario de la Provincia en el Li-
bro 15, Folio 53, Serie B, departamento Burruyacú.
Art.2º.- El inmueble a que hace referencia el artículo
anterior será destinado al emplazamiento de un pozo y tan-
que elevado para la provisión de agua potable a la locali-
dad de 7 de Abril.
Art.3º.- La transferencia del predio no altera ni modifi-
ca la autorización oportunamente otorgada a la Compañía Ar-
gentina de Teléfonos S.A. mediante Ley Nº 5.277 para hacer
uso sin cargo y con destino a la instalación de una torre
para antena a los efectos de la provisión del servicio tele-
fónico en la zona, debiendo la donataria preveer tal res-
tricción en el uso y goce del inmueble.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veinte días del mes de A-
bril de mil novecientos noventa.-