* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Concédese la licencia solicitada por S. E.
el Señor Gobernador, para ausentarse de la Provincia por el
término de veinte días.
Art.2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a
veinte días del mes de Julio de mil ochocientos ochenta y
nueve.