* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de:
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase por el término de ciento ochenta
días contado a partir del 17 de Octubre de 1990, el plazo de
suspensión de la Ley Nº 6.008 -Código de Procedimientos para
la Justicia del Trabajo-, establecido mediante Ley Nº 6.011.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintidós días del mes de
octubre de mil novecientos noventa.