* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
en donación a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias el
inmueble de su propiedad ubicado en Las Talitas, departamen-
to Tafí Viejo, identificado con la siguiente nomenclatura
catastral: Circunscripción I, Sección 25; Manzana 3; Parcela
32 C (49); Padrón 514.471; Matrícula 7892, Orden 5.835, com-
puesto por las siguientes dimensiones y linderos: al Norte:
25,00 m. con Juan Medina; al Sur: 25,00 m. con Manuel
García; al Este: 10,50 m. con superior Gobierno de la Pro-
vincia y al Oeste: 10,50 m. línea de retranqueo de por medio
con camino a El Timbó, integrando una superficie de 262,5111
m2., según plano de mensura y división nº 5.981/85, e ins-
cripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula T -
16.752.
Art. 2º.- La donación que autoriza por el artículo prece-
dente, se hace con el cargo expreso de que el inmueble sea
destinado a la explotación y mantenimiento de un pozo semi-
surgente e instalaciones, no pudiendo la donataria desafec-
tarlo de esos fines, ni transferirlo a título gratuito u o-
neroso, ni cederlo total o parcialmente, ni gravarlo con de-
rechos reales. La falta de cumplimiento de cualquiera de es-
tas condiciones producirá de pleno derecho la revocación de
la donación restituyéndose el inmueble al patrimonio de la
Provincia con las mejoras que se le hubieren introducido sin
derecho a indemnización.
Art. 3º.- La escritura traslativa de dominio se hará por
ante la Escribanía de Gobierno.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintidos días del mes de
octubre de mil novecientos noventa.-