* CADUCA *
VISTO las facultades conferidas al Interventor de la Pro-
vincia por Decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 103 y
104, de fecha 15 de enero del año en curso, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de enero de 1991 fue promulgada la Ley
Nº 6.066 que fija el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Re-
cursos de la Administración Central, Organismos Descentrali-
zados y Cuentas Especiales del año 1990.
Que dicha Ley fue sancionada por las Honorables Cámaras
Legislativas el 31 de d iciembre de 1990.
Que en dicha sanción se establecieron modificaciones de
significación en los créditos presupuestarios asignados e
incrementos y jerarquizaciones en la planta de cargos conte-
nidos en el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo.
Que ante tal situación, el Poder Ejecutivo interpuso el
derecho a veto parcial de la Ley sancionada en lo que hace a
la totalidad de su planta de cargos, promulgando únicamente
los créditos presupuestarios por Decreto Nº 26/3 del 11 de
enero de 1991, a los fines de que la Administración Provin-
cial no se maneje durante la primera parte del ejercicio
1991, con un Presupuesto de dos ejercicios anteriores.
Que la medida adoptada significa que en la actualidad no
se cuenta con una planta de cargos aprobada y ejecuciones
presupuestarias de determinados Organismos excedidas respec-
to a los créditos votados a fin del ejercicio, debido a las
rebajas indiscriminadas llevadas a cabo en oportunidad de
su sanción.
Por ello,
EL INTERVENTOR FEDERAL
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Incorpórase como planta de cargos de la Ley
Nº 6.066 que determina el Presupuesto de Gastos y Cálculo de
Recursos de la Administración Central, Organismos Descentra-
lizados y Cuentas Especiales del año 1990, lo fijado en las
planillas anexas que forman parte integrante de la presente
Ley.
Art. 2º.- Increméntase el Presupuesto de Gastos y Cálculo
de Recursos de la Administración Central, Organismos Descen-
tralizados y Cuentas Especiales del año 1990, fijado por la
Ley Nº 6.066 en sus planillas sintéticas y analíticas, con-
forme al siguiente detalle:
-Unidad de Organización Nº 980 -ESTACION EXPERIMENTAL A-
GROINDUSTRIAL OBISPO CO-
LOMBRES
RECURSOS A 775.000.000
-------------
1.1.1.7.4. Fondo Ley 3577 -Tasa Ad-Valorem
Caña Molida - 12 % A 775.000.000
EROGACIONES A 775.000.000
-------------
Partida Principal 011 - Personal A 502.000.000
Partida Principal 012 - Bienes y Servicios
no Personales A 245.000.000
Partida Principal 051 - Bienes de Capital A 28.000.000
-Unidad de Organización Nº 985 -INSTITUTO DE PREVISION Y
SEGURIDAD SOCIAL DE TUCU-
MAN
RECURSOS A 16.950.000.000
----------------
* De Jurisdicción Provincial
* No Tributarios
* Aportes del Presupuesto de Operación de
Organismos Descentralizados al Presu-
puesto de Funcionamiento A 16.950.000.000
EROGACIONES A 16.950.000.000
----------------
Partida Principal 011- Personal A 16.950.000.000
Partida Parcial 01110- Planta Permanente A 16.300.000.000
Partida Parcial 01140- Asiganciones Fami-
liares A 400.000.000
Partida Parcial 01150- Servicios Extraor-
dinarios A 250.000.000
- INSTITUTO DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL DE TUCUMAN
Presupuesto Operativo
RECURSOS A 16.950.000.000
----------------
1- Aportes y Contribuciones Jubilatorias A 16.950.000.000
GASTOS A 16.950.000.000
----------------
1- Erogaciones Corrientes
01 - Operaciones A 16.950.000.000
----------------
- Unidad de Organización Nº 999 -DIRECCION PROVINCIAL DE
OBRAS SANITARIAS
RECURSOS A 13.000.000.000
----------------
* De Jurisdicción Provincial
* No Tributarios
* Ingresos por Servicios A 13.000.000.000
EROGACIONES A 13.000.000.000
----------------
Partida Principal 011 -Personal A 25.800.000.000
Partida Parcial 01110 -Personal Perma-
nente A 6.900.000.000
Partida Parcial 01120 -Personal Tempo-
rario A 18.100.000.000
Partida Parcial 01140 -Asignaciones Fa-
miliares A 800.000.000
Partida Principal 012 -Bienes y Servicios
no personales (-) A 3.000.000.000
Partida Principal 051 -Bienes de Capi-
tal (-) A 2.000.000.000
Partida Principal 052 -Trabajos Públi-
cos (-) A 6.800.000.000
Partida Parcial 05210 -Por Administra-
ción (-) A 3.800.000.000
Partida Parcial 05220 -Por Terceros (-) A 3.000.000.000
Partida Principal 101 -Amortización de
Deudas (-) A 1.000.000.000
Art. 3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-