* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a nombrar uno
o más comisionados encargados de procurar el arreglo de los
límites interprovinciales.
Art.2º.- El Poder Ejecutivo dará las instrucciones a que
deben sujetarse el comisionado o comisionados en el desem-
peño de su misión.
Art.3º.- El Poder Ejecutivo someterá oportunamente a la
H. Legislatura los arreglos o tratados que se hubiesen cele-
brado para la resolución correspondiente.
Art.4º.- Los gastos que demande esta ley se imputarán a
la misma.
Art.5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a cua-
tro de Diciembre de mil ochocientos ochenta y nueve.