• Detalle de Ley

    Ley N°: 6125
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 30/04/1991
    Promulgada: 30/04/1991
    Publicada: 08/05/1991
    Boletin Of. N°: 22508

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO el  artículo  60 de la Ley Nº 6.071, la Ley de Pre-
    supuesto Nº 5.895 y la Resolución Nº 1187/90 del H. Tribunal
    de Cuentas de la Provincia de Tucumán, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que la  planta permanente de cargos de la Tesorería Gene-
    ral de la Provincia establecido en el Presupuesto vigente no
    coincide con los cargos que el personal posee en razón de no
    haberse producido  oportunamente  el  encasillamiento de los
    nuevos cargos presupuestarios.
       Que el  H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Tucumán
    reitera al  Poder Ejecutivo los términos de las Resoluciones
    Nº 541/90  y Nº 677/90 con el fin de que se regularice en la
    Tesorería General  de  la Provincia, en el sentido de cubrir
    los cargos  establecidos  en  presupuesto con el personal de
    planta ocupando  cargos contenidos en una Ley de Presupuesto
    anterior.
       Por ello, y en uso de las facultades conferidas al Inter-
    ventor Federal  por  Decretos Nº 103 y Nº 104 de fecha 15 de
    enero de 1991 del Poder Ejecutivo Nacional,
    
                       EL INTERVENTOR FEDERAL
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE.
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Exceptúase  del  artículo  60  de la Ley Nº
    6.071 -de  Emergencia  Económica y Administrativa- la cober-
    tura de  los  cargos del personal de la Tesorería General de
    la Provincia  por los motivos expuestos en los considerandos
    de la presente Ley.
    
       Art. 2º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en  el Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    EXCEPTÚA DE LA LEY 6071 -EMERGENCIA ECONÓMICA- A LA
    COBERTURA DE CARGOS EN LA TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA.

  • Observaciones