• Detalle de Ley

    Ley N°: 6130
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 07/05/1991
    Promulgada: 07/05/1991
    Publicada: 14/05/1991
    Boletin Of. N°: 22512

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO lo establecido por la Ley Nº 6.091  por la cual  se
    autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir un convenio  con  la
    Sub-Secretaría de Hacienda del Ministerio de  Economía de la
    Nación para la implementación del Préstamo de Organismos In-
    ternacionales  derivante  del Programa de Saneamiento Finan-
    ciero y Desarrollo Económico de las Provincias, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que la citada Ley en  su  Artículo 6º, prevee la creación
    de una cuenta especial que posibilite  la  recepción y admi-
    nistración de los recursos resultantes de tal operatoria.
       Que por Decreto-Acuerdo Nº 264/3-(SH)  del  23 de Octubre
    de 1.990, se  crea la Unidad Ejecutora  Provincial y que por
    Decreto Nº 601/3 del 25 de  Abril de 1991, se la dotó de es-
    tructura y personal necesario para su funcionamiento.
       Que asimismo, encontrándose  previsto el presente caso en
    las disposiciones del Artículo 11  de la Ley Nº 5.692 Perma-
    nente de Presupuesto y  la Ley Nº 5.673 de  Cuentas Especia-
    les, resulta necesario el  dictado del instrumento legal co-
    rrespondiente.
    
       Por ello, en virtud a las facultades otorgadas por Decre-
    tos Nº 103 y Nº 104, del 15  de Enero de 1991, y el mérito a
    dictamen fiscal nº 1753, del 6 de mayo de 1991,
    
                        EL INTERVENTOR FEDERAL
                   SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Créase en la  Unidad de Organización Nº 420
    -denominación: MINISTERIO DE ECONOMIA, la Cuenta Especial Nº
    4.201, denominación: UNIDAD  EJECUTORA  PROVINCIAL -Programa
    de Saneamiento Financiero  y Crecimiento  Económico- (Ley Nº
    6091), con una asignación de  AUSTRALES  CIENTO  OCHENTA MIL
    MILLONES (A.180.000.000.000), cuya  apertura  presupuestaria
    es la siguiente:
    Anexo 5, Ministerio de Economía, Jurisdicción 10, Ministerio
    de Economía, Unidad de Organización Nº 420 -denominación:MI-
    NISTERIO DE ECONOMIA-, Cuenta  Especial  Nº 4.201, denomina-
    ción: SANEAMIENTO FINANCIERO Y CRECIMIENTO ECONOMICO PROVIN-
    CIAL (LEY Nº 6.091), Finalidad 7 -Desarrollo de la Economía,
    Función 90 -Desarrollo de la Economía sin Discriminar,
    RECURSOS                                A. 180.000.000.000.-
    OTROS APORTES NO REINTEGRABLES: Présta-
    mo Banco Mundial - BID -                A. 139.000.000.000.-
    OTROS: Remesas de la Administración
    Central                                 A.  41.000.000.000.-
    SECCION 1 -Erogaciones Corrientes-      A. 108.000.000.000.-
    SECTOR 01 -Operación-                   A. 108.000.000.000.-
    Partida Principal 012 -Bienes y Servi-
    cios No Personales-                     A. 108.000.000.000.-
    SECCION 2 -Erogaciones de Capital-      A.  72.000.000.000.-
    SECTOR 05 -Inversión Real-              A.  72.000.000.000.-
    Partida Principal 051 -Bienes de Capi-
    tal                                     A.  72.000.000.000.-
    TOTAL DE LA CUENTA                      A. 180.000.000.000.-
    
       Art. 2º.- Facúltase a la UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL a e-
    jecutar las acciones encaminadas a lograr los objetivos para
    la eficiente ejecución del Programa, manejar la Cuenta Espe-
    cial creada por el Artículo anterior y administrar, y dispo-
    ner los recursos, realizar contrataciones y  celebrar conve-
    nios de acuerdo a las normas legales vigentes y las emergen-
    tes del Convenio y Contrato de Préstamo.
    
       Art. 3º.- Ténsase por Ley  de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en el Boletín  Oficial y  archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    CREA UNA CUENTA EN EL PRESUPUESTO DE LA PROVINCIA A LOS
    EFECTOS DEL MANEJO DE FONDOS PROVENIENTES DEL CONVENIO
    SUSCRIPTO CON LA SUB SECRETARIA DE HACIENDA DE LA NACION
    PARA IMPLEMENTACION DE PROGRAMA DE SANEAMIENTO FINANCIERO DE
    LAS PROVINCIAS.

  • Observaciones