• Detalle de Ley

    Ley N°: 6134
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 09/05/1991
    Promulgada: 09/05/1991
    Publicada: 17/05/1991
    Boletin Of. N°: 22514

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO los  Decretos  del Poder Ejecutivo Nacional números
    103 y 104 de fecha 15 de Enero de 1991, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que por  Ley  nº 6120 del 22 de Abril de 1991 se ha esta-
    blecido la  política  salarial  a  regir, a partir del 1º de
    Abril de  1991, para el personal comprendido en el Escalafón
    General de la Administración Pública.
       Que la  Dirección  Provincial  de  Obras Sanitarias es un
    Organismo con  autarquía  administrativa  y su personal está
    comprendido en  el  Convenio  Colectivo de Trabajo, aprobado
    por Decreto  del  Poder  Ejecutivo  Nacional  nº 57/75, cuya
    implementación en  lo que hace la aplicación de los aumentos
    salariales aprobados por Paritarias Nacionales se encuentran
    suspendidas en el ámbito de la Provincia.
    
       Por ello,  y  atento al dictamen fiscal nº 1771 del 08 de
    Mayo de 1991 -fs. 6-,
    
                      EL INTERVENTOR FEDERAL
                SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Fíjase  a  partir  del  1º de Abril de 1991
    para el  personal  de la DIRECCION PROVINCIAL DE OBRAS SANI-
    TARIAS, un incremento fijo  en sus  haberes de  A. 750.000.-
    (AUSTRALES SETECIENTOS  CINCUENTA MIL), en concepto de "Adi-
    cional Remunerativo No Bonificable".
    
       Art. 2º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en  el Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FIJA A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 1991 PARA EL PERSONAL DE
    LA DIRECCION PROVINCIAL DE OBRAS SANITARIAS UN INCREMENTO
    FIJO EN SUS HABERES -ADICIONAL REMUNERATIVO NO BONIFICABLE-.

  • Observaciones