* CADUCA *
VISTO que el Sistema Provincial de Salud solicita la
creación de 105 cargos a fin de adecuar la oferta de aten-
ción médica en el primer y segundo nivel, especialmente en
áreas críticas, y
CONSIDERANDO:
Que a la vez se persigue reforzar el plantel mínimo de
personal profesional del Instituto de Maternidad y Gine-
cología, del Hospital de Concepción, en los Hospitales
"Ángel C. Padilla", Centro de Salud "Zenón J. Santillán" y
del "Niño Jesús".
Que asimismo, se hace necesario reintegrar al mencionado
Sistema una categoría 24 y una categoría 23, que fueron
transferidas al Instituto Provincial de la Vivienda y Desa-
rrollo Urbano y a la Secretaría de Estado de Planeamiento y
Coordinación.
Que también deben satisfacerse necesidades de servicio en
los tramos de personal de apoyo al plantel profesional.
Por ello, y en virtud de las atribuciones gubernamentales
conferidas por los Decretos Nros. 103 y 104 del 15 de enero
de 1991 del Poder Ejecutivo Nacional, y dictamen fiscal Nº
1899.
EL INTERVENTOR FEDERAL
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Créanse en el Anexo 8 -Organismos Descen-
tralizados, Jurisdicción 15 -SI.PRO.SA., Unidad de Organi-
zación Nº 965 -denominación: SI.PRO.SA., los siguientes
cargos en Planta Permanente, con sus respectivos créditos
presupuestarios:
Un (1) cargo Categoría 24
Un (1) cargo Categoría 23
Ochenta y tres (83) cargos Categoría 19
Veinte (20) cargos Categoría 12.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.