• Detalle de Ley

    Ley N°: 6167
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 14/06/1991
    Promulgada: 14/06/1991
    Publicada: 02/07/1991
    Boletin Of. N°: 22544

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO las facultades conferidas al Interventor de la Pro-
    vincia, por los Decretos Nº 103 y Nº 104 del Poder Ejecutivo
    Nacional, de fecha  19 de enero del año en curso, y
    
      CONSIDERANDO:
    
       Que se  estima oportuno otorgar un incremento salarial al
    personal del  Tribunal  de Cuentas, a partir del 1º de abril
    de 1991.
    
       Por ello,
    
                       EL INTERVENTOR FEDERAL
    
               SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE.
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Fíjase a partir del 1º de abril de 1991, la
    remuneración del  cargo para los integrantes del Tribunal de
    Cuentas en  los  importes  que se detallan en el Anexo I que
    forma integrante parte de la presente Ley.
    
       Art. 2º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en  el Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FIJA A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 1991, LA REMUNERACION DEL
    CARGO PARA LOS INTEGRANTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

  • Observaciones