• Detalle de Ley

    Ley N°: 6335
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 22/11/1991
    Promulgada: 23/12/1991
    Publicada: 26/12/1991
    Boletin Of. N°: 22669

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Las  excepciones que prevé la Ley Nº 6.071,
    sus modificatorias  y complementarias, deberán ser autoriza-
    das y  realizadas  por el Presidente de la Legislatura en el
    ámbito del Poder Legislativo.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia de Tucumán, a los veintidós días del mes de
    noviembre de mil novecientos noventa y uno.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DISPONE QUE LAS EXCEPCIONES QUE PREVEE LA LEY 6071, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS, DEBERAN SER AUTORIZADAS Y REALIZADAS POR EL PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA EN EL AMBITO DEL PODER LEGISLATIVO.

  • Observaciones