* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a contratar,
mediante licitación pública, los trabajos de demolición y
desmantelamiento del casco del ex-ingenio Santa Ana y sus
dependencias.
Art. 2º.- Los pliegos de bases y condiciones de los tra-
bajos a licitar, serán elaborados por una comisión de estu-
dio y adjudicación, la que estará integrada por un represen-
tante del Ministerio de Economía, un Legislador Provincial
y el Delegado Comunal de la Localidad de Santa Ana.
Art. 3º.- El pliego de bases y condiciones al que hace
referencia el artículo anterior preverá la ocupación de mano
de obra local y la entrega de materiales a la empresa con-
tratista en pago de los trabajos de demolición y desmantela-
miento.
Art. 4º.- El Poder Ejecutivo, a través de los órganos
competentes, procederá a enajenar en subasta pública con ba-
se, las estructuras metálicas recuperadas y/o los materiales
no comprendidos en el pago previsto en el artículo preceden-
te.
Art. 5º.- El producido de las enajenaciones será destina-
do al financiamiento de los gastos de urbanización del pre-
dio fiscal en donde se encuentra el casco del ex-ingenio
Santa Ana, el que una vez concluidas las tareas de domoli-
ción será destinado a la radicación de viviendas, adminis-
tradas a través de la Comuna Rural de Santa Ana y bajo la
supervisión del Instituto Provincial de Vivienda y Desarro-
llo Urbano.
Art. 6º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiseis días del mes de
agosto de mil novecientos noventa y dos.