• Detalle de Ley

    Ley N°: 6412
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: NO GENERALES - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 30/10/1992
    Promulgada: 27/11/1992
    Publicada: 14/12/1992
    Boletin Of. N°: 22911

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       La Legislatura de la Provincia de  Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
                               
                                L E Y :
       
       Artículo 1º.- Declárase de utilidad  pública  y sujeta  a
    expropiación una fraccion de terreno de  propiedad  del Com-
    plejo Agroindustrial San Juan S.A. o de quien resultare  ser
    el legítimo dueño al momento de la expropiación, ubicado  en
    la localidad de Lastenia, Departamento  Cruz  Alta, con  una
    extensión aproximada de 105 mts. en sus lados  Este y  Oeste
    por 350 mts. en sus lados Norte y Sur, con una superficie de
    36,750 mts.2 aproximadamente, siendo  sus  linderos los  si-
    guientes; al NORTE: prolongación calle 25 de  Mayo; al  SUR:
    prolongación calle Sarmiento; al  ESTE: calle  de por  medio
    con loteo El Mirador y al OESTE: calle de por medio con Ruta
    Nacional Nº 9, identificada en mayor extensión como fracción
    III, del Plano Nº 7336/85, aprobado por la Dirección Provin-
    cial de Catastro, con la siguiente  nomenclatura  catastral:
    Padrón Nº 72926, Matrícula  1541/bis; Orden  2; circunscrip-
    ción II, Sección C; Lámina 75; e  inscripta  en el  Registro
    Inmobiliario en la Matrícula A-8231.
    
       Art. 2º.- El terreno  descripto en  el artículo  anterior
    será transferido en venta a sus actuales ocupante al  precio
    que surja de la expropiación, en un plazo de hasta 10 años y
    será destinado a la construcción de viviendas.
       La escritura traslativa de dominio deberá  labrarse  ante
    Escribanía de Gobierno, y se hará con  garantía  hipotecaria
    en 1º grado a favor de la Provincia.
    
       Art. 3º.- Hasta la cancelación del precio los compradores
    no podrán desafectarlo de los fines previstos en el artículo
    2º, ni transferirlo a título gratuito u oneroso.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los  treinta días  del mes  de
    Octubre de mil novecientos noventa y dos.-
    
    
    
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 6753

  • Resumen

    DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETA A EXPROPIACIÓN UNA FRACCION DE TERRENO DE PROPIEDAD DEL COMPLEJO AGROINDUSTRIAL SAN JUAN S.A. LASTENIA, CRUZ ALTA Y DISPONE SU CESIÓN A SUS OCUPANTES.

  • Observaciones