* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder en
comodato por el término de diez (10) años, al Centro del
Personal de la Escuela Nacional de Comercio, República de
Panamá de la ciudad de Concepción, departamento Chicligasta,
personería jurídica nº 279/90, una fracción de terreno de
propiedad del Superior Gobierno de la Provincia ubicada en
la localidad de El Mollar, departamento Tafí del Valle, den-
tro de las siguientes dimensiones y linderos: al Norte:
150,00 m. con calle existente; al Sud: 206,26 m. con calle
existente; al Este 102,92 m. con calle existente y al Oeste:
línea quebrada de 96,96 m. y 20,35 m. con camino nuevo a El
Rincón, integrando una superficie de 1. ha. 8378,8644 m2. i-
dentificada la mayor extensión con la siguiente nomenclatura
catastral: Circunscripción III; Sección D; Manzana 287; Par-
cela 116-A (90); Matrícula 35.234; Orden 425; Padrón nº
483.137; e inscripta en el Registro Inmobiliario en la Ma-
trícula T-05424.
Art. 2º.- La cesión, se hace con cargo expreso que el in-
mueble será destinado a la construcción de un camping, de-
biendo la comodataria iniciar las obras en el plazo de cien-
to ochenta (180) días y concluirlas en el plazo de veinti-
cuatro meses, contados a partir de la fecha de la efectiva
posesión, la que se otorgará previa aprobación de los planos
respectivos por autoridad competente, obligándose a facili-
tar las instalaciones a establecimientos educacionales, en
el marco en que desarrolle sus actividades.
Art. 3º.- El comodatario no podrá cederlo total o par-
cialmente ni desafectarlo de los fines que lo motivan. La
falta de cumplimiento de cualquiera de estas condiciones, la
disolución de la entidad, los plazos y cargos impuestos,
dará lugar al comodante a solicitar la revocación del con-
trato, restituyéndose el inmueble a la Provincia con las
mejoras que se le hubieren introducido sin derecho a indem-
nización.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los tres días del mes de no-
viembre de mil novecientos noventa y dos.