• Detalle de Ley

    Ley N°: 6436
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO - SERVICIOS PUBLICOS - CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 19/12/1992
    Promulgada: 13/01/1993
    Publicada: 21/01/1993
    Boletin Of. N°: 22937

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura de la Provincia de  Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
                                
                               L E Y :
       
       Artículo 1º.- Condónase  la deuda  que, a la fecha de en-
    trada en  vigencia de la presente ley, mantuvieren la Secre-
    taría  de Estado de  Educación y Cultura, organismos  depen-
    dientes y  escuelas públicas de  gestión estatal, con la Di-
    rección  de Obras Sanitarias por los servicios de agua pota-
    ble y cloaca.
       Asimismo decláraselas exentas del pago  de  tales  servi-
    cios.
    
       Art. 2º.- Los beneficios dispuestos en el artículo prece-
    dente se harán extensivos a aquellos casos en que la  Secre-
    taría de Estado de Educación y Cultura hubiera  adquirido  o
    adquiera la obligación del pago de  las tasas  referenciadas
    en el mismo, en virtud de contratos de locación o comodato y
    serán proporcionales al local o dependencia  ocupado, cuando
    integren un inmueble en el  que se  desarrollen  actividades
    conjuntas, hasta tanto dure la misma.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los diecinueve días del mes de
    diciembre de mil novecientos noventa y dos.

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    EXIME A LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION Y CULTURA, ORGANISMOS DEPENDIENTES Y ESCUELAS PUBLICAS DE GESTION ESTATAL, DEL PAGO DE LAS TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS POR EL USO DEL AGUA, Y DECLARA CADUCA LAS DEUDAS DE LAS MISMAS.

  • Observaciones