• Detalle de Ley

    Ley N°: 6466
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 28/05/1993
    Promulgada: 16/06/1993
    Publicada: 23/06/1993
    Boletin Of. N°: 23041

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura de la Provincia  de  Tucumán, sanciona con
    fuerza de
                            
                                L E Y :
       
       Artículo 1º.- Declárase de interés público la realización
    de la Avenida Interurbana, sobre la traza de  la Ex-Ruta Na-
    cional Nº 38 desde la Ciudad de Juan Bautista  Alberdi hasta
    la Ciudad de Famaillá.
    
       Art. 2º.- Como consecuencia de lo  dispuesto por el artí-
    culo anterior créase la Comisión de Estudio y Gestión la que
    estará integrada, previa invitación, por:
    
       Un técnico de la Dirección Provincial de Vialidad.
       Un representante de  la Secretaría  de Obras y  Servicios
       Públicos.
       Un representante de la Universidad Nacional de Tucumán.
       El Intendente de cada uno de los municipios  previstos en
       el artículo 3º de esta ley.
    
       Los  miembros integrantes  de la  Comisión ejercerán  sus
    funciones en carácter  de ad-honorem, y podrán  solicitar el
    concurso de otras personas o instituciones que así lo consi-
    deren necesario.
    
       Art. 3º.- La Comisión creada por el artículo anterior, e-
    laborará un proyecto  de la obra  mencionada en  el artículo
    1º, donde deberá preveer la participación activa de  las Co-
    munas Rurales y, previo convenio, de las municipalidades que
    resultarán comunicadas por la  misma y, asimismo, dictará su
    reglamento de funcionamiento.
    
       Art. 4º.- El Poder  Ejecutivo a través de  los organismos
    pertinentes  brindará toda la  colaboración, asesoramiento y
    apoyo técnico y material que le fuere requerido por la Comi-
    sión antes mencionada.
    
       Art. 5º.- La Comisión de Estudio y Gestión realizará ante
    las autoridades  pertinentes  las gestiones  necesarias ten-
    dientes a concretar  la transferencia  de la  titularidad de
    dominio a favor de la Provincia, de los  terrenos en  que se
    encuentra trazada la Ex-Ruta Nacional nº 38, como  asimismo,
    las obras de arte y obras complementarias que contenga.
    
       Art. 6º.- A los  fines del cumplimiento  de lo  dispuesto
    por la presente ley, facúltase al Poder Ejecutivo a  compen-
    sar los créditos presupuestarios  correspondientes al Presu-
    puesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, de acuerdo a
    lo establecido por la Ley Nº 5.692 ( Ley Complementaria Per-
    manente de Presupuesto) y sus modificatorias.
    
       Art. 7º.- El Poder  Ejecutivo  invitará a  la Universidad
    Nacional de Tucumán a designar un representante, a los seño-
    res Intendentes y a la  Dirección Provincial  de Vialidad, a
    designar un técnico que la represente.
    
       Art. 8º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones  de la Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes de
    mayo de mil novecientos noventa y tres.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DECLARA DE INTERÉS PROVINCIAL LA REALIZACIÓN DE LA AVENIDA INTERURBANA SOBRE LA TRAZA DE LA EX RUTA NACIONAL Nº 38, DESDE JUAN BAUTISTA ALBERDI HASTA FAMAILLÁ. CREA COMISIÓN DE ESTUDIO Y GESTIÓN.

  • Observaciones