* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase de interés público la realización
de la Avenida Interurbana, sobre la traza de la Ex-Ruta Na-
cional Nº 38 desde la Ciudad de Juan Bautista Alberdi hasta
la Ciudad de Famaillá.
Art. 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto por el artí-
culo anterior créase la Comisión de Estudio y Gestión la que
estará integrada, previa invitación, por:
Un técnico de la Dirección Provincial de Vialidad.
Un representante de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos.
Un representante de la Universidad Nacional de Tucumán.
El Intendente de cada uno de los municipios previstos en
el artículo 3º de esta ley.
Los miembros integrantes de la Comisión ejercerán sus
funciones en carácter de ad-honorem, y podrán solicitar el
concurso de otras personas o instituciones que así lo consi-
deren necesario.
Art. 3º.- La Comisión creada por el artículo anterior, e-
laborará un proyecto de la obra mencionada en el artículo
1º, donde deberá preveer la participación activa de las Co-
munas Rurales y, previo convenio, de las municipalidades que
resultarán comunicadas por la misma y, asimismo, dictará su
reglamento de funcionamiento.
Art. 4º.- El Poder Ejecutivo a través de los organismos
pertinentes brindará toda la colaboración, asesoramiento y
apoyo técnico y material que le fuere requerido por la Comi-
sión antes mencionada.
Art. 5º.- La Comisión de Estudio y Gestión realizará ante
las autoridades pertinentes las gestiones necesarias ten-
dientes a concretar la transferencia de la titularidad de
dominio a favor de la Provincia, de los terrenos en que se
encuentra trazada la Ex-Ruta Nacional nº 38, como asimismo,
las obras de arte y obras complementarias que contenga.
Art. 6º.- A los fines del cumplimiento de lo dispuesto
por la presente ley, facúltase al Poder Ejecutivo a compen-
sar los créditos presupuestarios correspondientes al Presu-
puesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, de acuerdo a
lo establecido por la Ley Nº 5.692 ( Ley Complementaria Per-
manente de Presupuesto) y sus modificatorias.
Art. 7º.- El Poder Ejecutivo invitará a la Universidad
Nacional de Tucumán a designar un representante, a los seño-
res Intendentes y a la Dirección Provincial de Vialidad, a
designar un técnico que la represente.
Art. 8º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes de
mayo de mil novecientos noventa y tres.